Conoce el Código Nacional de Policía y sus implicaciones para los comerciantes

 

 

La Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia, en cumplimiento de su función como el mejor socio de los empresarios, ha elaborado esta cartilla con el fin de proporcionar de manera sencilla y completa toda la información que como comerciante debes conocer relacionada con la entrada en  vigencia y aplicación del nuevo Código de Policía. En este texto encontrarás las obligaciones de los comerciantes y de quienes ejerzan cualquier actividad económica, así como los comportamientos relacionados con el cumplimiento de la norma, referidos a la seguridad, la tranquilidad, la salud  pública y el cuidado del medio ambiente. 

El cumplimiento de los requisitos dispuestos en esta norma permite llevar a cabo las actividades económicas, industriales y comerciales con total normalidad y sin sanciones, que pueden ser monetarias u otras como el cierre del establecimiento.

Ten en cuenta la siguiente información al momento de renovar su matrícula mercantil:

Si te han impuesto una multa con fundamento en el Código Nacional de Policía y Convivencia, han pasado más de seis (6) meses desde la fecha de expedición del comparendo y aún no has pagado, no podrás renovar la matrícula mercantil el próximo año y se desencadenarán las demás consecuencias por no renovar.

Conoce las consecuencias de la No renovación de tu matrícula mercantil:

  • Multa impuesta por la Superintendencia de Industria y Comercio por ejercer profesionalmente el comercio sin estar inscrito en el registro mercantil.
  • Multa impuesta por la Superintendencia de Industria y Comercio por no renovar oportunamente la matrícula mercantil del comerciante y la de sus establecimientos de comercio, agencias o sucursales.
  • Pérdida de los beneficios asociados a las “pequeñas empresas jóvenes” para los comerciantes que aplique.
  • Eventual depuración del Registro Único Empresarial y Social - RUES, si como consecuencia del vencimiento de una multa, el comerciante no renueva por un período de 5 años su matrícula mercantil o la de sus establecimientos de comercio, agencias o sucursales.
  • Pérdida de la condición de Afiliado de las cámaras de comercio.

Para verificar si has sido multado con motivo del Código de Policía y Convivencia y conocer  el estado del pago de la multa, ingresa aquí.

Para aquellos comerciantes que ejercen actividades de alto impacto.

Las actividades de alto impacto son aquellas que consisten en la venta y consumo de bebidas alcohólicas o los servicios sexuales. Los comerciantes y establecimientos que ejercen estas actividades, además de que deben estar formalizados, deben contar con la certificación donde conste que el uso del suelo para dicha actividad es permitido. 

La forma en la que se identifican las actividades de alto impacto es través de los códigos de la Clasificación Industrial Internacional Uniforme – CIIU, mediante clases de cuatro números, que se deben reportar al momento de realizar la matricula mercantil en la Cámara, estos mismos códigos son necesarios para solicitar el NIT del comerciante.

Ten en cuenta que si en tu negocio se ejerce una actividad de alto impacto, si deseas modificar la información de tu registro al momento de realizar la renovación de tu matrícula mercantil (cambio de dirección, cambio de nombre o cambio de actividad económica), deberás aportar la certificación de usos de suelo.

Descarga la cartilla aquí

 

 

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